Transparencia

En el Gobierno de la República hemos adoptado un enfoque proactivo en materia de transparencia. En esta sección ponemos a tu disposición información que contribuye a una gestión pública abierta y que rinde cuentas.



Apertura Gubernamental

Información socialmente útil

Trámites y servicios

SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

Escrito que las personas presentan ante las Unidades de Transparencia de los Sujetos Obligados, a través del cual pueden requerir el acceso a información pública que se encuentra en documentos que generen, obtengan, adquieran, transformen o conserven en sus archivos.
¿Cómo presentar una solicitud de acceso a la información pública?
De manera gratuita y anónima, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (https://www.plataformadetransparencia.org.mx/), en donde se le asignará automáticamente un número de folio con el que podrá dar seguimiento a su solicitud.
De forma presencial, en la Unidad de Transparencia, ubicada en Avenida Constituyentes número 947, colonia Belén de la Flores, Demarcación Territorial Álvaro Obregón, código postal 01110 en la Ciudad de México.
En el correo electrónico: cni@cni.gob.mx
En el teléfono 56 24 39 50
El trámite es gratuito, sin embargo, de manera excepcional, la información generará un costo cuando implique reproducir más de 20 fojas simples o en su caso, cuando la misma sea requerida en copias certificadas.
Requisitos para presentar una solicitud de información
1. De forma opcional, tendrás que ingresar tu nombre o, en su caso, los datos generales de tu representante.
2. El domicilio o medio en el que deseas recibir las notificaciones.
3. La descripción clara y precisa de la información que requiere.
4. Los datos que ayuden a facilitar su búsqueda (opcional).
5. La modalidad en la que prefiere que se otorgue el acceso a la información.
Costos y plazos para la reproducción de la información

  • Copia simple $1.00 (un peso 00/100 M.N.)
  • Copia certificada. $22.00 (veintidós pesos 00/100 M.N.)

No obstante, de conformidad con el artículo 145 de la Ley Federal en la materia, se otorgarán las primeras 20 fojas gratis.
Excepcionalmente, la información generará costo cuando implique la reproducción de más de 20 fojas simples o en su caso, cuando la misma sea requerida en copias certificadas.
En caso de que requiera que los documentos sean remitidos a domicilio, se agregará un excedente que depende de los siguientes factores:

  1. Del destino al que sea remitida la información;
  2. Del volumen y peso del envío;

¿Cuándo debo realizar el pago?
Una vez que te enviemos el comprobante, tiene 30 días para cubrir los costos de reproducción.
Transcurrido el plazo referido, deberás realizar una nueva solicitud, sin responsabilidad alguna para la Dependencia.
¿Cuántos días tiene el sujeto obligado para emitir su respuesta?
La respuesta a tu solicitud deberá ser notificada en el menor tiempo posible, que no podrá exceder de 20 días, contados a partir del día siguiente a la fecha de presentación.
Excepcionalmente, el plazo referido podrá ampliarse hasta por 10 días más.

SOLICITUD PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS ARCO
La solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO es el trámite mediante el cual las personas, en los términos y condiciones que establece la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, pueden ejercer el derecho de Acceso, Rectificación, Cancelación u Oposición de sus datos.

  • Toda solicitud de ejercicio de derechos ARCO deberá contener lo siguiente:

• Nombre del titular de los datos personales.
• Documentos que acrediten la identidad del titular.
• En su caso, nombre de su representante y documentos para acreditar su identidad y personalidad.
• Domicilio o cualquier medio para recibir notificaciones.
• Descripción del derecho que se quiere ejercer o de lo que solicita el titular.
• En su caso, documentos o información que faciliten la localización de los datos personales, entre ella, el área responsable del tratamiento.
• La solicitud se deberá acompañar de copia simple de una identificación oficial del titular de los datos personales (credencial para votar, pasaporte, cartilla militar, cédula profesional, licencia para conducir y documento migratorio), así como de su representante, en caso de que éste sea quien presente la solicitud.

Una vez que se presentó la solicitud y ésta cumplió con los requisitos antes descritos, la Unidad de Transparencia realizará lo siguiente:
En un plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la recepción de la solicitud, deberá informarle si procede o no el ejercicio del derecho solicitado. Este plazo podrá ampliarse por 10 días hábiles más.
De ser procedente el ejercicio del derecho, llevará a cabo las acciones necesarias para hacerlo efectivo, en un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente en el que le haya notificado la puesta a disposición.
El ejercicio de los derechos ARCO será sencillo y gratuito, sólo podrán realizarse cobros para recuperar los costos de reproducción, certificación de documentos o envío de información.

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Centro Nacional de Inteligencia

El Centro Nacional de Inteligencia es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, con autonomía, técnica, operativa y de gasto, que fungirá como un sistema de investigación e información que contribuye a preservar la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano. Conforme lo dispone el artículo 19 de la Ley de Seguridad Nacional, son atribuciones del Centro:

Artículo 19.- Son atribuciones del Centro:

  1. Operar tareas de inteligencia como parte del sistema de seguridad nacional que contribuyan a preservar la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano, a dar sustento a la gobernabilidad y a fortalecer el Estado de Derecho;

  2. Procesar la información que generen sus operaciones, determinar su tendencia, valor, significado e interpretación específica y formular las conclusiones que se deriven de las evaluaciones correspondientes, con el propósito de salvaguardar la seguridad del país;

  3. Preparar estudios de carácter político, económico, social y demás que se relacionen con sus atribuciones, así como aquellos que sean necesarios para alertar sobre los riesgos y amenazas a la Seguridad Nacional;

  4. Elaborar los lineamientos generales del plan estratégico y la Agenda Nacional de Riesgos;

  5. Proponer medidas de prevención, disuasión, contención y desactivación de riesgos y amenazas que pretendan vulnerar el territorio, la soberanía, las instituciones nacionales, la gobernabilidad democrática o el Estado de Derecho;

  6. Establecer cooperación interinstitucional con las diversas dependencias de la Administración Pública Federal, autoridades federales, de las entidades federativas y municipales o delegacionales, en estricto apego a sus respectivos ámbitos de competencia con la finalidad de coadyuvar en la preservación de la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano;

  7. Proponer al Consejo el establecimiento de sistemas de cooperación internacional, con el objeto de identificar posibles riesgos y amenazas a la soberanía y seguridad nacionales;

  8. Adquirir, administrar y desarrollar tecnología especializada para la investigación y difusión confiable de las comunicaciones del Gobierno Federal en materia de Seguridad Nacional, así como para la protección de esas comunicaciones y de la información que posea;

  9. Operar la tecnología de comunicaciones especializadas, en cumplimiento de las atribuciones que tiene encomendadas o en apoyo de las instancias de gobierno que le solicite el Consejo;

  10. Prestar auxilio técnico a cualquiera de las instancias de gobierno representadas en el Consejo, conforme a los acuerdos que se adopten en su seno, y

  11. Las demás que le confieran otras disposiciones jurídicas aplicables le señale, en el ámbito de su competencia, el Consejo o el Secretario Ejecutivo.